Sep 24, 2025 | LRO Registro de Galgos, Noticias
La FEG pone a disposición de los federados un nuevo servicio a través de la Universidad Complutense de Madrid, denominado “Cruzamientos», que permite analizar cruzamientos que cumplan con el requisito de manifestar mínimo parentesco entre los reproductores, lo que implica mantener la máxima diversidad genética posible en la siguiente generación, es decir, hacer mínima la consanguinidad de los descendientes.
El servicio que se pone a disposición de los federados permite diseñar los cruzamientos que se aproximen a la situación de mínimo parentesco entre los reproductores.
Pongamos un ejemplo:
Un criador tiene en mente poner a una de las tres hembras reproductoras que tiene en su cuadra (160573, 163745 y 163756) dos sementales macho del LRO (163742 y 163759), de tal manera que le interesa saber cuál es la endogamia de los futuros cachorros, para elegir la camada que menos endogamia genere.
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El resultado es el que aparece en la siguiente tabla, y las cifras que figuran representan la consanguinidad de cualquier descendiente de cada uno de los posibles cruzamientos, o lo que es lo mismo, esas cifras representan el parentesco entre los reproductores que se cruzan.
En este caso el macho 163742 daría lugar a descendientes con nula consanguinidad si se cruza con la hembra 163756, mientras que el macho 163759 daría descendientes con consanguinidad nula con cualquiera de las tres hembras que se cruce.
Este servicio ya había sido utilizado por algunos criadores a nivel privado, por lo que la FEG, lo que hace es abrir el servicio a todos los federados.
Se fija un coste mínimo del servicio para una hembra y dos machos en 50 euros, aumentado en 10 euros por cada semental o hembra que se aumente.
Para solicitar el servicio es necesario enviar el formulario adjunto a info@fedegalgos.com e ingresar el importe, de acuerdo con lo detallado en el siguiente formulario:
PARA DESCARGAR EL FORMULARIO, pincha aquí…
Jun 25, 2025 | LRO Registro de Galgos, Noticias
Después de 6 años manteniendo los mismos precios en los servicios que realizan los veterinarios oficiales en el LRO, se ha procedido a la actualización de los mismos, dando respuesta a su demanda, dado el aumento de los gastos asociados administrativamente a dichos servicios.
Los nuevos precios entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2025.
Para ver la actualización de los precios, pincha aquí….
Jun 24, 2025 | LRO Registro de Galgos, Noticias
Información para los federados Castellano Leoneses.
En los próximos días la clínica San Agustín que dirige Dª Miriam Feo Marbán. se traslada de local y pasa ahora a la que adjuntamos a continuación:
Horario:10:30 a 13:30 horas y de 17:00 a 20:00 horas, sábados de 11 a 13:30 horas. Con cita previa. Dirección: Clínica Veterinaria San Agustín. Rua Santa Catalina de Roncenvalles, nº 45. 49800 Toro (Zamora). Teléfono: 980 69 33 04
Mar 26, 2025 | LRO Registro de Galgos, Noticias
Desde el inicio del Libro de Registro, la FEG ha sido muy cuidadosa en la comprobación de la información que tanto federados como veterinarios han detallado en los servicios de cesión, confirmación y reproductores. Siendo estas comprobaciones, imprescindibles para el buen funcionamiento del Libro de Registro.
Las restricciones que las Comunidades Autónomas están llevando a efecto, en relación con las consultas que en sus aplicaciones pueden realizarse sobre la titularidad de los animales registrados en las mismas, están condicionando el buen funcionamiento del Libro de Registro, al no poder la FEG en muchos casos realizar las consultas necesarias para la comprobación de la titularidad de los animales.
En muchos casos las consultas están restringidas a los titulares o a los veterinarios, sin que la FEG pueda realizarlas, por lo que nos vemos obligados a que esa información nos sea suministrada en el alta de la gestión que se realiza en nuestra aplicación.
Es por este motivo por el que nos hemos visto obligados a implantar esta nueva medida de adjuntar documento que justifique la titularidad del galgo en los servicios de cesiones, confirmaciones y reproductores. Este documento es la consulta que se puede realizar en el registro de cada Comunidad Autónoma donde el sistema aporta un documento en el que se pueda ver: la fecha, datos del propietario y datos del galgo.
Los servicios que se soliciten sin adjuntar el documento válido detallado en el párrafo anterior, será cancelado, indicando en los comentarios el motivo de la cancelación, para que se solicite de nuevo de forma correcta.
CESIONES
Sera el federado que solicita la cesión el encargado de adjuntar obligatoriamente el documento que acredite la nueva titularidad del galgo que se está cediendo.
CONFIRMACIONES Y REPRODUCTORES
Sera el veterinario que solicita el servicio el encargado de adjuntar obligatoriamente el documento que acredite la titularidad del galgo para que se está solicitando el servicio.
Jun 26, 2024 | LRO Registro de Galgos, Noticias
El pasado mes, la veterinaria que daba servicio para el LRO de la FEG en la provincia de Cádiz y alrededores, causaba baja. Dicha plaza será ocupada por un nuevo facultativo.
Pasamos a continuación los datos del mismo para información de los federados: (ya está actualizado en el apartado de veterinarios del LRO de esta misma web).
D. SALVADOR DÍAZ SÁNCHEZ
Horario: Martes y Jueves por la tarde, previa petición de cita previa.
Dirección: C/ Alcalá, 7 CP 11178 Paterna de la Ribera (Cádiz).
TFNO: 670 668 424
Ene 15, 2024 | LRO Registro de Galgos, Noticias
Ante las informaciones publicadas por algunos medios de comunicación sobre la resolución del Tribunal Contencioso Administrativo nº 8 de Madrid, en relación con la tasa por cambio de titularidad en el Libro Registro de Orígenes de la Federación Española de Galgos, queremos realizar las siguientes aclaraciones:
En el procedimiento que nos ocupa se trataba únicamente de determinar que órgano federativo tenía que aprobar el importe de la tasa, ya que desde la FEG se contemplaba su aprobación en junta directiva mientras que el recurrente y el CSD pensaban que debería ser por la asamblea general. En ningún caso estaba en litigio si la FEG tenía potestad para implantar la tasa.
Con fecha 04 de diciembre de 2017 se pronuncia el CSD indicando que bajo su criterio debería ser la asamblea quien aprobase el importe de la tasa, por lo que con fecha 03 de enero de 2018 fue aprobado el importe de la tasa por la asamblea, convalidando el acto de la aprobación de la tasa por la junta directiva, al amparo de lo establecido en el artículo 52 de la Ley 39/2015.
En ningún caso, ni el CSD ni ningún tribunal, ha dictaminado la devolución de ninguna tasa por parte de la FEG, por lo que la información que están divulgando algunos medios de comunicación no es correcta.